Hoy se conoce la Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, por la que se procede al aplazamiento sine die de la realización de la prueba de acceso a la abogacía.
Por Orden PCI/1261/2019, de 26 de diciembre de 2019, se había convocado la prueba de evaluación de aptitud profesional par el ejercicio de la profesión de abogado para el año 2020. El 28 de febrero de este año, se publica en la página web del Ministerio de Justicia la resolución de la Directora General del Servicio Público de Justicia convocando a los aspirantes para realizar dicha prueba el próximo sábado 28 de marzo de 2020, a las 9:30 horas, en las diferentes sedes.
Con fecha de 6 de marzo de 2020, se ha mantenido una reunión en el Ministerio de Sanidad y, entre los temas tratados, se ha planteado la conveniencia de realizar la citada prueba en la fecha acordada, atendiendo a la incidencia que está teniendo en la población el contagio del coronavirus y el número de solicitantes que se desplazarían a España, provenientes de determinados países en los que la difusión del COVID-19 ha obligado a adoptar medidas extraordinarias de contención. Por todo ello, en dicha reunión por parte del Ministerio de Sanidad se ha recomendado aplazar la prueba.
Atendiendo a la recomendación del Ministerio que, como decimos, propone como acción preventiva para evitar la difusión del virus la suspensión de la prueba convocada para el acceso a la abogacía, al conllevar el traslado de un número elevado de candidatos de terceros países, algunos con focos que han exigido la adopción de medidas extraordinarias, y con el fin de evitar riesgos innecesarios, se procede a aplazar sine die la celebración de la convocatoria.
Al no ser posible determinar en estos momentos la nueva fecha de celebración de la prueba de aptitud, por depender de la incidencia del coronavirus y las recomendaciones de las autoridades sanitarias, se acuerda que la nueva fecha para la celebración se publique en la página web del Ministerio de Justicia, al menos con tres semanas de antelación a la realización de la prueba.
En todo caso, las actuaciones que se han llevado a cabo hasta el momento se mantienen en vigor y son plenamente válidas, a expensas de la celebración del examen, que es lo único que queda pospuesto.
Descargar la resolución del BOE: RESOLUCION_APLAZAMIENTO_PRUEBA_ACCESO_A_LA_ABOGACIA_2020
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