La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estima el recurso interpuesto por un particular, revocando la sentencia de primera instancia,y ha ordenado retirar del ayuntamiento de la localidad pacense de Guadiana del Caudillo el escudo preconstitucional y una placa conmemorativa, es decir, el escudo franquista y una placa que conmemora al dictador Francisco Franco.
En el fallo, se revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz con fecha 30 de abril de 2018 y estima la demanda interpuesta por Francisco Moreno, concejal del PSOE. Este pide, y así lo admite el Tribunal, que anulara el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Guadiana del 28 de enero de 2016.
La sala corrige la primera sentencia dictada argumentando que existe incongruencia entre las pretensiones de la demanda del PSOE y el fallo emitido en primera instancia el pasado mes de abril, puesto que la resolución no se pronunció sobre la petición de retirada de símbolos preconstitucionales.
La fundamentación jurídica se basa en la aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España y considera que, al igual que se han cambiado las banderas y los escudos en los impresos, sellos y documentos oficiales, debería haberse cambiado el escudo de la fachada, siendo el plazo de tres años contemplado en la norma, un plazo suficiente para haber adoptado las medidas necesarias para su sustitución, sin que, en el supuesto analizado, a pesar del prolongado período de tiempo transcurrido, la Corporación Local haya procedido a la sustitución del escudo. El Tribunal Superior de Justicia hace hincapié en que una norma con 37 años de vigencia, la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España (muy anterior a la Ley de Memoria Histórica), ya obligaba a retirar los símbolos que se mantienen en la fachada de este consistorio pacense.
La sentencia anula el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo de 28 de enero de 2016 por no ser ajustado a derecho y concede un plazo máximo de tres meses para retirar de su fachada el escudo y la placa. Asimismo, condena a la entidad al pago de las costas de la primera instancia hasta en máximo de 1.000 euros y no hace imposición expresa de las del recurso de apelación.
El Gobierno Local, cuyo alcalde es Antonio Pozo Pitel (VOX), de Guadiana del Caudillo se muestra en desacuerdo con el fallo y, no satisfecho con tener símbolos y rótulos de carácter antidemocrático en la fachada del ayuntamiento, ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que le obliga a eliminar el escudo y la placa conmemorativa que recuerda a Francisco Franco en su fachada. En un comunicado, el Consistorio ha afirmado no estar conforme a la resolución, al considerarla «no ajustada a derecho», por lo que se recurrirá la sentencia en casación por «infracción de ley y quebrantamiento de forma».
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