El Supremo declara nulo el límite de 75 años para integrar el turno oficio en Madrid
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el límite de 75 años establecido por el Colegio de Abogados de Madrid para integrarse en el turno de oficio al considerar que constituye una discriminación por razón de edad. La actuación del Letrado exige facultades intelectuales, que no merman automáticamente por el mero hecho de cumplir esa cifra de edad.
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