Muchas son las trabajadoras del sector de las conservas que todavía no han cobrado el incremento salarial que les corresponde según el nuevo convenio colectivo que aplica desde principios de 2021.

Se trata de la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para el sector de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco para los años 2021-2024.

Si tienes alguna duda, te encuentras en esta situación o te interesa reclamar, no dudes en contactarnos.

El artículo 4 del Convenio dispone que el mismo “tendrá vigencia a partir del mes siguiente de su firma, con independencia de su publicación en el Boletín Oficial el Estado”, el día 28 de julio de 2022. Dicho convenio ha sido suscrito el día 9 de marzo de 2022.

El mencionado artículo 4 estipula que “sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2021, con el pago de atrasos que les corresponda a las personas trabajadoras durante 2022”.

El artículo 20, en cuanto al salario mínimo inicial, señala que “para cada uno de los años de vigencia del convenio, el incremento salarial será el siguiente,

Año 2021: 6,50 %.

Año 2022: 1,00 %.

Año 2023: 1,50 %.

Año 2024: 1,50 %”.

Este precepto incide en lo siguiente. “Los porcentajes de incremento salarial 2021, 2022, 2023 y 2024 se plantean como valores sujetos a una cláusula de Revisión Salarial anual al IPC Real (Interanual del mes de diciembre) para cada año de vigencia del convenio, y referidos a las tablas salariales del convenio.

Dicha cláusula de revisión salarial anual implica que, una vez finalizado cada año, si el IPC Real y definitivo (Interanual a mes de diciembre) fuera superior al incremento establecido en el presente convenio, se procedería a revisar las tablas salariales de dicho año en enero del año siguiente, actualizando las tablas salariales de convenio e igualando el incremento definitivo a dicho porcentaje de IPC, teniendo como resultado las tablas definitivas del año correspondiente, que a su vez servirán de base para el cálculo de las tablas salariales del año siguiente. Pagándose los atrasos que correspondan (descontando el porcentaje inicial ya abonado a cuenta).

La comisión paritaria se reunirá el primer mes de los años 2023, 2024 y 2025 y procederá a la revisión salarial y establecimiento de las tablas salariales definitivas y provisionales de cada año de vigencia del convenio colectivo”.

Además, continúa dicho artículo indicando que “todas las categorías del Grupo 5 de fabricación, cada año de vigencia del convenio, tendrán un incremento salarial adicional al pactado del convenio de un + 0,3 %. Dicho incremento ya se encuentra incorporado en las tablas salariales definitivas 2021 y provisionales 2022, 2023 y 2024 del presente convenio”.

De este modo, aquellas trabajadoras del sector de la conserva que hayan prestado sus servicios en algún período temporal que abarque los años 2021 y 2022, o parte de los mismos, tiene derecho a reclamar el incremento salarial que se recoge en el Convenio Colectivo siempre y cuando no se le esté aplicando ya, y muy especialmente durante los primeros meses del año 2021, cuando el Convenio Colectivo todavía no había sido firmado, todo ello con motivo de su carácter retroactivo.

 

 

Imagen