La sentencia dictada en febrero por Tribunal Supremo determinaba que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados debía abonarlo el cliente, mientras que el coste que tendrán que asumir los bancos es muy bajo, puesto que el timbre de los documentos notariales se abona a medias y las copias de la hipoteca, quien las solicite. Se trata de cantidades muy pequeñas, probablemente entre 40 y 200 euros; cantidad que abona el hipotecado en su mitad correspondiente. Es decir, el grueso de los gastos hipotecarios lo abonaría el cliente, y esto se debe a que el IAJD supone cerca de dos tercios de la factura total de los gastos de constitución de la hipoteca.

Ayer el Alto Tribunal cambiaba de criterio al dictaminar que quien debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria es la entidad prestamista, no quien recibe el préstamo, modificando su jurisprudencia anterior.

Hoy, el Tribunal Supremo decide convocar el Pleno formado por 31 miembros para confirmar o no la jurisprudencia recogida en la sentencia hecha pública este jueves en la que determinaba que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria. Lo hace, según explica en una nota el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal,  Luis María Díez-Picazo, por tratarse la decisión conocida ayer de un «giro radical» en la jurisprudencia y habida cuenta de «su enorme repercusión económica y social«. De esta forma, la Sala Tercera del Supremo ha decidido someter la decisión al Pleno del organismo formado por 31 magistrados, en lugar de los 6 que dictaminaron la sentencia.

Tras conocerse ayer la sentencia, los seis bancos del Ibex 35 llegaban a perder cerca de 5.500 millones de euros de capitalización bursátil en una sola jornada. Este viernes, aunque más calmados, continúan liderando las pérdidas del selectivo. Bankia, CaixaBank, Bankinter, BBVA y Sabadell encabezan, de lejos, las pérdidas del Ibex este jueves. Porque la factura de tener que devolver a los hipotecados este impuesto, si la sentencia se aplicara de forma retroactiva (supone entre el 0,5% y el 1,5% de la responsabilidad hipotecaria) puede suponer un golpe millonario para las entidades.

El hecho de que sea el banco el que debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de una hipoteca, así como el posible carácter retroactivo de la decisión, podría lastrar las cuentas de las entidades financieras. La responsabilidad del pago de este impuesto podría tener un coste superior a los 4.000 millones de euros, incluso podemos calificar este dictamen de más agresivo que el de las cláusulas suelo.

Tanto Asufin (Asociación de Usuarios Financieros) como Facua – Consumidores en Acción han emitido comunicados de apoyo a la sentencia. Han exigido que el Consejo General del Poder Judicial y las comunidades autónomas «doten de medios a los juzgados especializados ante la avalancha de demandas que se espera», apuntó una nota de Asufin.

 

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