El 2 de julio entrará en vigor la nueva Ley de Espectáculos de Galicia, cuya aplicación está generando una gran polémica, enfocada en las mayores exigencias para que las entidades de pequeño tamaño puedan organizar eventos culturales públicos y también en las dificultades añadidas para la música en vivo, sobre todo en el interior de locales sin licencia de sala de conciertos. La norma, que debería haber servido para dotar de seguridad jurídica a la realización de actividades culturales, parece que en varios elementos añade precisamente más inseguridad para artistas, locales y entidades promotoras.

La ley, que fue aprobada únicamente con los votos del PP, subraya la competencia exclusiva de la Xunta en materia de espectáculos públicos. Aunque en buena medida la Ley de Espectáculos responde al objetivo de evitar cualquier riesgo de repetición de sucesos trágicos como el sufrido hace años en el Madrid Arena, impone dificultades para la realización de actuaciones en locales cerrados que no cuenten con licencia de salas de concierto

Sin embargo, artistas, entidades promotoras y locales denuncian que las restricciones introducidas dificultan enormemente la propia existencia de la música en vivo en establecimientos que nada tienen que ver con los grandes recintos en los que de han tenido lugar desgracias como la citada. En cambio, estas limitaciones no existen para las actuaciones musicales que tengan lugar al aire libre, por ejemplo en la terraza de un bar, un ámbito de competencia municipal.

La sección de Compostela de la asociación Músicos ao Vivo, que agrupa a más de 200 artistas en la ciudad, encabeza una batalla para asegurar la realización de conciertos en recintos cerrados, ante las dudas que se abren en la aplicación de la ley, exigiéndoles a Xunta y al Ayuntamiento que desbloqueen la situación de indefinición legal en la que actualmente se encuentra la música en vivo. Al Ayuntamiento le piden además que elimine la prohibición expresa de instrumentos de amplificación para los establecimientos que actualmente figuran en el grupo I de la Ordenanza Municipal de Ruidos y que regule en ella, de forma clara, las condiciones de horarios y volumen que se deben cumplir en nuestras actuaciones en vivo en los diferentes locales de la ciudad.

La fórmula que se alcance en la capital de Galicia será importante para la resolución de problemas semejantes en las restantes localidades. Y la propia asociación de Músicos al Vivo les reclama a los demás ayuntamientos que impulsen medidas parecidas a las demandadas al Ayuntamiento de Santiago para facilitar la organización de conciertos.

La norma les deja a los ayuntamientos, con los que prácticamente no se ha establecido diálogo, la resolución de los problemas generados, pues a la Xunta sólo le corresponde autorizar la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas que se desarrollen en más de un término municipal de la Comunidad Autónoma, un tipo de evento muy poco frecuente.

El Ayuntamiento de Santiago, que critica la ausencia de voluntad de diálogo y consenso mostrada hasta ahora por la Xunta, presentará alegatos al nuevo catálogo de actividades hosteleras, pidiendo que se cree la categoría de bar musical o bar con música en vivo, lo que facilitaría la realización de conciertos en recintos cerrados. Otra fórmula que se está barajando es la expuesta por la Asociación Cultural Cidade Vella, consistente en pedirle a la Xunta que delegue en los ayuntamientos la competencia para autorizar conciertos de pequeño formato en locales cerrados.

 

FUENTES:

El Diario,