Las mentiras de Cristina Cifuentes intentando justificar el título del máster que supuestamente ha estudiado parecen no tener fin. Esta misma mañana, el director del máster que “cursó” Cristina Cifuentes, Enrique Álvarez Conde, ha reconocido que el acta que acredita que la presidenta madrileña aprobó el máster es falsa, admitiendo que fue una reconstrucción.

A las 13:30 del día de hoy, compareció Javier Ramos, el rector de la Universidad, desmontado la versión de Cifuentes. Ha asegurado que no consta el acta de la defensa del trabajo fin de máster pese a que su archivo sea obligatorio. Insiste en que no le ha sido remitida la memoria del trabajo ni se puede confirmar que la defensa del TFM haya tenido lugar. El rector tuvo en cuenta las declaraciones realizadas por Enrique Álvarez esta mañana, y niega haber obligado a reconstruir el acta.

El día 21 de marzo la Presidenta de la Comunidad de Madrid enseñó el acta, que acababa de ser falsificada, presumiendo de haber sacado un notable en la calificación del trabajo, y dos semanas después se confirma la mentira.

El tribunal que evaluó el trabajo fin de máster de Cristina Cifuentes no existió, las tres profesoras que en teoría se encargaron de poner nota al proyecto fin de curso de la presidenta madrileña nunca se reunieron para examinarla. Y hace dos días nos enterábamos de que el acta del tribunal ante el que supuestamente presentó el TFM con la que Cristina Cifuentes intentó justificar la realización del máster contiene firmas falsificadas, puesto que dicho tribunal jamás tuvo lugar.

Como consecuencia de todo esto, la oposición solicita su dimisión, a excepción de Ciudadanos y de su propio partido. El Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy ha dejado claro su apoyo a la presidenta madrileña. Cristina Cifuentes ya ha manifestado que no piensa dimitir, y que la investigación judicial es una buena noticia, al ser ella la primera interesada en zanjar el asunto.

Hoy hablaremos de las penas impuestas al delito de falsedad documental. Este delito se encuentra regulado en el Código Penal, concretamente en el artículo 390, ubicado en el Capítulo II “De las falsedades documentales” del Título XVIII. La Universidad Rey Juan Carlos, entidad en la que Cristina Cifuentes cursó su supuesto máster, es una universidad pública con sede en la Comunidad Autónoma de Madrid, por esta razón se ve afectada por lo dispuesto en el artículo 390 del Código Penal.

Este precepto dispone que será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

  • Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
  • Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
  • Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
  • Faltando a la verdad en la narración de los hechos.

Incluso si los hechos se hubieran producido por imprudencia grave, de la autoridad o funcionario público, aunque no es el caso, el artículo 391 establece que se impone un castigo con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.

La Fiscalía ha abierto diligencias para investigar el máster de Cristina Cifuentes tras haber admitido a trámite la denuncia de varias asociaciones al apreciar indicios de delito. Si se llega a presentar en juicio este documento falso, también tendrá consecuencias. El artículo 393 del Código Penal dispone que el que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en los artículos anteriores, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores, que recordamos que era de 3 a 6 años. Si calculamos la pena inferior en grado el resultado es de 1 año y 6 meses a 3 años de prisión por presentar en juicio esta documentación falsa.

FUENTES:

El Confidencial, Diario, El País.