La Comisión Europea ha decidido remitir a España y a Bulgaria ante el TJUE por la mala calidad del aire al sobrepasar de forma constante los límites de dióxido de nitrógeno (NO2) en el caso español, y de dióxido de azufre (SO2) en el país búlgaro. Por esta razón, España deberá poner solución al problema de la contaminación del aire de sus ciudades o tendrá que enfrentarse a la UE.

La decisión tomada forma parte de la acción reforzada de la Comisión para colaborar con los Estados miembros en la protección de la salud de los ciudadanos contra la mala calidad del aire, tal como se establece en la Comunicación de la Comisión «Una Europa que protege: Aire puro para todos» de mayo de 2018.

Los datos más recientes sobre la calidad del aire español confirman el incumplimiento sistemático de las normas de la UE respecto a los índices de dióxido de nitrógeno, según informa el órgano ejecutivo comunitario.

En concreto, la Comisión constata altos niveles de contaminación en las zonas urbanas de Madrid, Barcelona y Vallès-Baix Llobregat, entre otras localidades. Según los datos provenientes de la Agencia Europea de Medio Ambiente, en España son atribuibles al dióxido de nitrógeno casi 9.000 muertes prematuras al año.

Los niveles de calidad del aire en la Unión y las obligaciones de los Estados Miembros con respecto a este compromiso están regulados en la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.

Los países miembros de la UE tienen un compromiso para adoptar planes de calidad del aire y garantizar medidas adecuadas para que los valores sea lo más bajos posibles. La contaminación atmosférica sigue siendo, según la Comisión, el principal problema de salud ambiental de la UE.

Según las estimaciones que maneja el organismo comunitario, anualmente 400.000 muertes prematuras son atribuibles a la contaminación atmosférica, y unos costes económicos directos superiores a 20.000 millones de euros al año.

El dióxido de nitrógeno (NO2) procede principalmente de actividades humanas, como el tráfico por carretera, sobre todo de los vehículos diésel, y la industria.

Según el Derecho de la UE, desde enero de 2005 los Estados miembros deben cumplir los valores límite para las PM10 y el SO2, mientras que, en el caso del NO2, deben hacerlo desde enero de 2010.

 

 

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