El Gobierno publica la Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

En este marco, se considera necesario el desarrollo de diversas actuaciones que, sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones Públicas, contribuyan a mejorar la gestión de la crisis. Estas actuaciones van dirigidas, por una parte, a ofrecer canales alternativos de información fiable a los ciudadanos, a través de aplicaciones, asistente conversacional o página web que permitan aliviar la carga de trabajo de los servicios de emergencia de las distintas Administraciones Públicas con competencia en materia de salud. Por otra, se pretende contar con información real sobre la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento. El objetivo es entender los desplazamientos de población para ver cómo de dimensionadas están las capacidades sanitarias en cada provincia.

Adicionalmente, son muchas las actuaciones simultáneas que se están desarrollando en la lucha contra el COVID-19. La necesidad de ordenar todos los esfuerzos con el fin de evitar duplicidades y de permitir un uso más eficaz y eficiente de los recursos aconseja un punto central de coordinación con el fin de evaluar las soluciones digitales.

En lugar de colaborar con el Gobierno para conseguir el objetivo común, que es luchar contra el coronavirus y reducir al mínimo el riesgo de contagio, Vox llama a boicotear el estudio sobre movilidad de los españoles durante la pandemia que ha puesto en marcha el Ejecutivo.

La secretaria general del grupo parlamentario ultra en el Congreso, Macarena Olona, recomienda poner los teléfonos en modo avión y utilizar solo el wifi para impedir que el Ejecutivo disponga de datos de geolocalización y pueda conocer los efectos del confinamiento impuesto por el estado de alarma, convencida de que el Gobierno pretende espiarnos o algo peor, y revelando que ni ha echado un vistazo a la Orden.

Desarrollo de soluciones tecnológicas y aplicaciones móviles

Así, se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de soluciones tecnológicas y aplicaciones móviles para la recopilación de datos con el fin de mejorar la eficiencia operativa de los servicios sanitarios, así como la mejor atención y accesibilidad por parte de los ciudadanos, que consisten en lo siguiente:

Aplicación informática

El desarrollo urgente y operación de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dicha aplicación permitirá, al menos, realizar al usuario la autoevaluación en base a los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que esté infectado por el COVID-19, ofrecer información al usuario sobre el COVID-19 y proporcionar al usuario consejos prácticos y recomendaciones de acciones a seguir según la evaluación.

La aplicación permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar. La aplicación puede incluir dentro de sus contenidos enlaces con portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a información y servicios disponibles a través de Internet.

La aplicación permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en la que dice estar y, de esta manera, observar los desplazamientos de población para ver cómo de dimensionadas están las capacidades sanitarias en cada provincia.

En todo caso, son datos ANÓNIMOS.

La aplicación no constituirá, en ningún caso, un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos. La utilización de la aplicación no sustituirá en ningún caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado.

El responsable del tratamiento será el Ministerio de Sanidad y el encargado del tratamiento y titular de la aplicación será la Secretaría General de Administración Digital. El Ministerio de Sanidad, como responsable del tratamiento, autoriza a la Secretaría General de Administración Digital a recurrir a otros encargados en la ejecución de lo previsto en este apartado.

Asistente conversacional

El desarrollo de un asistente conversacional/chatbot para ser utilizado vía whatsapp y otras aplicaciones de mensajería instantánea. Proporcionará información oficial ante las preguntas de la ciudadanía. El diseño estará basado en información oficial del Ministerio de Sanidad.

El responsable del tratamiento será, de nuevo, el Ministerio de Sanidad y el encargado del tratamiento y titular del chatbot en esta ocasión será la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial a través de la Subdirección General de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras Digitales.

Página web

El desarrollo de una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles.

DataCOVID-19: estudio de la movilidad aplicada a la crisis sanitaria.

Siguiendo el modelo emprendido por el Instituto Nacional de Estadística en su estudio de movilidad y a través del cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada, el análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento.

Protección de datos de carácter personal

Lo dispuesto en esta orden se entiende sin perjuicio de la aplicación del régimen previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y los criterios interpretativos dados por la Agencia Española de Protección de Datos.

 

 

 

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