En el día de hoy entra en vigor el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, con el objetivo de aminorar la subida del precio de la electricidad que incide directamente en la factura eléctrica de los consumidores españoles.

Desde finales de 2020 y, más intensamente, marzo de 2021, el precio del mercado mayorista de la electricidad en España está marcando precios inusualmente altos. Una situación que se ha agravado en las últimas semanas, con un precio medio en mayo de 67,12 €/MWh y de 86,56 €/MWh del 1 al 17 de junio, sin que, por otra parte, se hayan producido situaciones excepcionales de carácter meteorológico

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Esta situación no parece ser puntual, sino que amenaza con convertirse en estructural si se atiende al comportamiento de los mercados a plazo, ya que la cotización de los futuros de electricidad para la segunda parte de 2021 asciende a 83,32 €/MWh.

Debe tenerse en cuenta que la fijación del precio del mercado mayorista de electricidad depende de muchos factores sobre los que es difícil actuar en el corto plazo, ya que los productores de energía eléctrica ofertan diferentes precios en función de sus tecnologías y es necesario conseguir un equilibrio entre la oferta y la demanda que determina el precio para cada hora con grandes oscilaciones en función de la demanda. Cuando la demanda es muy alta los precios se incrementan porque es necesario utilizar la oferta de los productores que usan tecnologías con costes más elevados, como los ciclos combinados de gas, sin que esta demanda pueda verse satisfecha solo con la oferta que utiliza tecnologías con menores costes variables, como las energías renovables.

Por otra parte, esta situación de precios crecientes en el mercado eléctrico se produce en el contexto de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 que está teniendo un enorme impacto en la actividad económica, con una reducción muy significativa en el empleo y un aumento en el número de consumidores vulnerables.

Desde una perspectiva de equidad social, la estadística sobre gasto de los hogares y presupuestos familiares publicada por el INE muestra que la electricidad tiene un peso relativo mayor en la cesta de consumo de los hogares con menor renta, lo que significa que una subida de precios de la electricidad tiene efectos regresivos. Y ello con independencia de los esquemas de protección de los consumidores vulnerables existentes en la actualidad en España (bono social de electricidad), ya que se basan en un descuento sobre la factura final.

La situación descrita tiene efectos negativos de diversa índole: a la ya referida creciente alarma y malestar social, ha de añadirse que los altos precios de la electricidad inciden sobre la renta disponible de los hogares y suponen un freno para su recuperación en el escenario post-COVID-19.

En consecuencia, para dar respuesta a la situación generada por el incremento de los precios de la electricidad, se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW, una rebaja, desde el 21 al 10%, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh, con el objeto de reducir su importe.

A estos efectos debe tenerse en cuenta que este umbral de 45 €/MWh se relaciona con la cotización media durante el mes de diciembre de 2020 de los contratos de entrega a plazo de electricidad en España para el año 2021, que, como se ha señalado, para la segunda mitad de 2021 se establece en 83,32 €/MWh situándose, por tanto, dicho umbral por debajo de las expectativas de precios futuros del mercado.

También debe señalarse que esta medida se aplica a todos los contratos de suministro de energía eléctrica siempre que la potencia contratada no supere los 10 kW, lo que supone, en realidad, su aplicación a la práctica totalidad de los hogares consumidores finales ya que la potencia media contratada por los consumidores domésticos es aproximadamente de 4,1 kW. Del mismo modo la medida permitirá que se beneficien de la misma un gran número de trabajadores autónomos.

Por otra parte, para paliar situaciones de pobreza energética de los consumidores más vulnerables también se rebaja al 10% el tipo impositivo del IVA aplicable a la factura eléctrica de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y, además, tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, durante el periodo de vigencia de este real decreto-ley, con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.

Esta medida va a beneficiar aproximadamente a 612.000 hogares con esta condición que representan aproximadamente el 50% del total de hogares beneficiarios del bono social de electricidad.

 

 

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