El presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, ha avanzado este viernes que la Comisión Europea propondrá suprimir el cambio de hora que realizan los países comunitarios en verano y en invierno, una decisión que después debería ser ratificada por la Eurocámara y por los Estados Miembro. Millones de ciudadanos pidieron mantener el horario de verano todo el año. «Millones de ciudadanos han dicho que ya no quieren seguir cambiando los relojes. La Comisión Europea hará lo que piden», indicó Juncker a través del perfil de Twitter de una de sus portavoces, Mina Andreeva, quien agregó que la Comisión presentará una propuesta legislativa al respecto.

El 80% de los 4,6 millones de participantes que votaron en la encuesta se mostró partidario de suprimir el cambio de hora. Esta encuesta no es vinculante, pero el presidente de la Comisión ve que es importante no ignorar esto. Bruselas está examinando, en nombre del Parlamento Europeo, cómo proceder con el cambio regulado por la legislación de la UE, según ha adelantado el medio alemán. La Comisión Europea, al abrir la encuesta, prometió que recogería la opinión de los ciudadanos europeos y los Estados miembros acerca del cambio de hora de verano. Esta propuesta, si se llega a aplicar, tiene que contar con el apoyo de los países que conforman la UE porque sería de manera permanente.

El paso del horario de verano a invierno se produce cada año el último fin de semana de octubre y supone retrasar una hora los relojes en todos los países de la Unión Europea. Esta propuesta significaría que cuando llegue otoño no habrá que cambiar los relojes, se continuará con el horario de verano todo el año. La Comisión Europea informó el 17 de agosto de que la consulta pública para recabar opiniones sobre la posibilidad de modificar la directiva europea que regula el cambio horario registró una cifra récord de participaciones. Unos 4,6 millones de europeos de los 28 países de la Unión Europea hicieron sus aportaciones a través de un cuestionario en línea.

En la consulta, los interesados respondían a si estaban a favor de suprimir los cambios de hora que se producen dos veces cada año y, en caso afirmativo, si preferirían que quedara fijado el horario de invierno o el de verano. Esta encuesta tenía como objetivo comprobar si las normas deberían modificarse, ya que la Comisión recibió algunas iniciativas ciudadanas de países como Bélgica y Alemania que mostraban su rechazo al cambio horario.

La Comisión puso en marcha el cuestionario después de que el Parlamento Europeo le pidiera en febrero que revisara la directiva del cambio de hora, dado que varios estudios científicos habían demostrado que puede tener efectos negativos en la salud. La Comisión Europea precisó entonces que debía evaluar los resultados de la encuesta y debatir con las partes interesadas sobre el asunto.

El Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, por el que se establece la hora de verano, incorporó al ordenamiento español la Directiva 2000/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a las disposiciones sobre la hora de verano. Con esta normativa se instauró un régimen de cambio de hora con vigencia indefinida, y por tanto sin necesidad de nuevas Directivas aplicables a un número limitado de años.transposición.

Si bien la determinación de las fechas en que debe producirse el cambio horario resulta inequívoca y obligada en aplicación de lo dispuesto en el citado Real Decreto, se prevé en el mismo la publicación de los sucesivos calendarios mediante Orden del Ministro de la Presidencia, con el único objeto de que los ciudadanos y organizaciones privadas y públicas puedan conocer anticipadamente las fechas del cambio horario anual.

Dicho Real Decreto, en sus artículos 2 y 3, estableció que el período de la hora de verano comenzaría en España el último domingo del mes de marzo de cada año, a las 2 horas de la madrugada (la 1 hora de la madrugada en Canarias), momento en que la hora oficial española se adelantaría 60 minutos; y que terminaría el último domingo de octubre de cada año a las 3 horas de la madrugada (las 2 horas de la madrugada en Canarias), momento en que la hora oficial española se retrasaría 60 minutos.

Como se ha indicado, el artículo 5 del Real Decreto estableció que cada cinco años se publicaría un calendario con las fechas concretas del cambio de hora. Por ello, el 24 de febrero de 2017 se publicó la Orden PRA/157/2017, por la que se publica el calendario del período de la hora de verano correspondiente a los años 2017 a 2021.

Diferencias entre España y varios países europeos en cuanto al uso del tiempo con motivo de las horas de sol:

 

 

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