Objetivo

Con la aprobación de esta ley orgánica se pretende respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de enfermedad grave e incurable, o de una enfermedad grave, crónica e invalidante, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables. Con ese fin, la ley regula y despenaliza la eutanasia en determinados supuestos, definidos claramente, y sujetos a garantías suficientes que salvaguarden la absoluta libertad de la decisión, descartando presión externa de cualquier índole.

Votación definitiva en el Congreso

Votos a favor

El reconocimiento del derecho a la muerte digna logró saltar barreras ideológicas, al unir a toda la izquierda, a Ciudadanos e, incluso, a un partido de orientación cristiana como el PNV.

La aprobación de la ley que despenaliza la eutanasia es un logro para la ciudadanía española. Así, España se convertirá así en el sexto país del mundo en despenalizar la eutanasia.

La adquisición del derecho a una muerte digna se trata precisamente de un derecho no de una obligación. De modo que aquellos que no deseen valerse del mismo, pese a cumplir los requisitos, podrán seguir los tratamientos paliativos que ya se vienen ofreciendo. En cambio, la existencia de este derecho recién adquirido permite a aquellos otros tener cuanto menos la alternativa a su sufrimiento de una muerte digna, cuando antes se veían obligados a la resignación de permanecer en unas condiciones de vida inadecuadas.

Votos en contra

El rechazo procede de la derecha: PP y Vox, y dos diputados de Unión del Pueblo Navarro (UPN).

Estos partidos, de rasgos conservadores, defienden que hay una «alternativa» a la eutanasia y que pasa por una ley de derechos y garantías ante el proceso final de la vida que incluya la sedación, la universalización de los tratamientos paliativos y el testamento mínimo vital para asegurar que no haya muerte con sufrimiento, circunstancias que ya se vienen facilitando de facto en los hospitales, de modo que es absurdo insistir en esta idea, puesto que ya se viene practicando.

Concluyen que esta ley es una derrota para todos, cuando la realidad es que equivale a la obtención de un nuevo derecho para la ciudadanía, llegando a decir que se firmarán sentencias de muerte con la aprobación de esta ley, que tachan de criminal.

Abstenciones

Hubo un diputado que no votó con su grupo, Ferran Bel, del PDeCAT, que se abstuvo alegando sus convicciones cristianas, según fuentes de esa formación. La segunda abstención fue de Tomás Guitarte, de Teruel Existe.

Votación de la proposición de ley

La proposición de ley orgánica de regulación de la eutanasia, impulsada por el Grupo Parlamentario Socialista, superaba ya su primera votación en Pleno. El Congreso había aprobado, con 203 votos a favor, 140 en contra y 2 abstenciones, la toma en consideración de esta iniciativa legislativa, que continúa así su tramitación parlamentaria, hasta que recientemente se aprueba en definitiva en el Congreso.

Tramitación

La toma en consideración, que en su momento supuso aceptar tramitar la ley en la primera de las votaciones, fue el primer paso del procedimiento legislativo que se exige para las proposiciones de ley. Posteriormente, tal y como se recoge en el Reglamento del Congreso, se abrió un periodo de enmiendas.

Habida cuenta de que se plantearon varias que provenían de diferentes grupos políticos, el Pleno del Congreso ha votado en contra de las mismas y, finalmente, ha celebrado un nuevo debate para la votación de la proposición de ley final, para el se requiere el apoyo de la mayoría absoluta, como así ha sido.

Así, la ley pasa al Senado, donde se seguirá un proceso similar. Finalmente, el Congreso tendrá que validar o no las modificaciones que se hayan hecho en dicha Cámara. De este modo, una vez que la ley pase el trámite del Senado, próximamente ya será legal en España que un enfermo incurable solicite ayude para poner fin a su vida.

¿Cómo se regulará la eutanasia con la aprobación de la presente ley?

Ya en su momento, desde esta plataforma, habíamos anticipado el contenido de la norma, como iniciativa legislativa, en la proposición de ley.

 

 

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