Ángel Boza, uno de los cinco miembros de La Manada, fue detenido este miércoles en Sevilla por la Policía Local tras protagonizar presuntamente un intento de robo en El Corte Inglés del Duque, en el centro de la ciudad andaluza. Según la versión facilitada por la policía, Boza fue sorprendido cuando pretendía sustraer unas gafas de sol valoradas en casi 200 euros. Dos vigilantes de seguridad fueron tras él pero, ya en el coche, Boza intentó arremeter contra ambos, que resultaron lesionados, aunque sin daños de gravedad. El miembro de La Manada logró escapar hasta que fue interceptado en la avenida de Menéndez Pelayo, a unos cuatro kilómetros del centro comercial.

Anoche permanecía declarando en la Jefatura de la Policía Local hasta que fue trasladado a dependencias de la Policía Nacional, a la espera de que pase a los juzgados de Sevilla. Los hechos se han notificado a la Audiencia de Navarra.

Según la información que constaba en la base de datos de la Dirección General de Tráfico consultada por el Ayuntamiento y difundida en un primer momento, Boza tenía suspendido su permiso de conducir. No obstante, hace pocos días el detenido retiró personalmente su permiso de conducir de las dependencias judiciales al haber cumplido ya el periodo de retirada. Según Agustín Martínez, el abogado del detenido, «la familia me ha hecho saber que en los últimos días de la semana pasada le entregaron el permiso de conducir, por lo tanto lo tenía en vigor«, señala el abogado, que detalla que su cliente ha podido cometer una infracción administrativa porque antes de conducir tenía la obligación de hacer un curso que no ha realizado.

Ángel Boza es uno de los cinco sevillanos condenados a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual continuado a una chica de 18 años durante los sanfermines de 2016 en Pamplona. Esta sentencia había causado gran polémica por el voto particular del magistrado Ricardo González, y ha sido recurrida en apelación por las partes. Como el resto de sus compañeros, está en libertad provisional.

El auto de libertad provisional

Como decíamos en un post anterior, la presunción de inocencia es garantía de una sentencia justa, a diferencia de los juicios que lleva a cabo la sociedad. Esta presunción nos lleva a que la privación de libertad solo se adopta cuando hay unos motivos procesales que la justifiquen, estos motivos se encuentran enumerados en el artículo 503 LECrim y son los siguientes:

  • Fuga (se les retiró el pasaporte).
  • Reiteración delictiva (se consideró imposible debido a la ausencia de anonimato).
  • Destrucción de pruebas (ya practicadas en fase de juicio oral).

Si no se dan estos riesgos el individuo tiene que estar en libertad, recordamos su inocencia ya que todavía no hay sentencia firme. Dicho esto, recalcamos que no se trata ni de culpabilizar a la víctima de lo acontecido ni de tildar a los acusados de inocentes amparándonos en la presunción de inocencia.

Según su abogado, «la trascendencia de este asunto en vinculación con el caso que lleva la Audiencia de Navarra es cero. No existiría la posibilidad de revocar la libertad provisional por esto, aunque le podrían meter en prisión como un nuevo caso».

Considera el abogado del detenido, que declara que de ser ciertos los hechos, son inadmisibles. «Para alguien que está metido en esto parece absurdo«, añade el letrado.

El letrado todavía no ha podido hablar con su cliente, que se encuentra en dependencias policiales desde anoche, donde aún no se le ha tomado declaración y, según fuentes policiales, será tras la práctica de las diligencias y la finalización del atestado cuando será puesto a disposición judicial, previsiblemente en el día de hoy.

El auto de libertad provisional les impone como medidas cautelares personarse en los juzgados de Sevilla para firmar tres veces por semana (lunes, miércoles y viernes), la prohibición de acercarse a Madrid, donde reside la víctima, y de salir de España.

¿Por qué no se considera reincidencia el robo de unas gafas?

Si bien es cierto que dicha libertad provisional puede revocarse por riesgo de fuga, destrucción de pruebas o reincidencia, no se trata de cualquier reincidencia delictiva. Si Boza hubiera cometido algún tipo de delito de índole sexual sí sería motivo de suspensión.

No basta un robo, ni un hurto, ni otro delito que no sea de carácter sexual para que sea considerado como reincidente.

No obstante, el abogado reconoce que el juez de guardia puede acordar su ingreso en prisión por un delito de robo con violencia, ya que presuntamente Boza intentó huir de los vigilantes de seguridad del centro comercial al ser descubierto, que le persiguieron hasta los aparcamientos donde tenía estacionado su vehículo, con el que, tras ponerse al volante, arremetió contra dos de los vigilantes, resultando lesionados.

El letrado ha querido dejar claro que lo que ocurra afecta solo a uno de ellos y no al resto de condenados de La Manada que, según ha admitido, se encuentran enfadados con Boza por hacerles volver a la palestra.

 

Imagen: Malagaldia